Autónomos y administración electrónica, amor imposible.


«No obstante mandarme el documento con su firma digital, parece que esta no tiene el registro oficial marcado por la ley de firma electrónica, dado que la firma electrónica está permitida cuando está debidamente registrada basada en un certificado reconocido y generada por medio de un dispositivo seguro de creación de firma de acuerdo a la ley 59/2003 de firma electrónica»

Josean Blanco Vuelva usted mañana.
Alberto Ortiz de Zarate O, mejor, ni vuelva

Sergio Jimenez Está todo claro
Alfonso Alcantara Esta es mi valoración técnica: madre mía, madre mía

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